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conoce las noticias y eventos más relevantes del mundo de las relaciones de trabajo y la salud ocupacional en el Perú y en toda Latinoamérica
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La Corte Suprema de Justicia ha habilitado la posibilidad de que los empleadores inicien demandas por daños y perjuicios contra sus trabajadores sin que sea obligatorio despedirlos previamente por falta grave. Bajo este nuevo criterio, la relación laboral puede mantenerse vigente y continuar con normalidad mientras se procesa la demanda por responsabilidad civil en el ámbito judicial.
Un cambio de criterio jurisdiccional
Este cambio se consolida con la Casación N° 19186-2024 Callao, la cual se aparta de lo establecido anteriormente en la Casación N° 3226-2019 Tacna. En el modelo previo, para que una empresa pudiera demandar a un empleado, se exigía el cumplimiento de tres requisitos:
– Que el trabajador hubiera sido despedido por falta grave
– Que existiera un perjuicio económico debidamente probado
– Que la demanda se presentara en un plazo máximo de 30 días naturales.

La Corte Suprema ha establecido un límite fundamental a las facultades sancionadoras de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL). A través de un reciente fallo, el máximo tribunal precisó que la presunción de veracidad de las actas de inspección no tiene un carácter absoluto y, por lo tanto, no se extiende a las conclusiones personales o juicios subjetivos emitidos por el inspector. Históricamente, el contenido redactado por un inspector de la SUNAFIL en su acta se consideraba una «verdad absoluta», sirviendo como base suficiente para la aplicación de multas. Sin embargo, el nuevo criterio judicial determina que esta presunción es limitada y se divide bajo los siguientes términos:
Aplica únicamente a hechos objetivos: Solo aquello que el inspector constata de manera directa y fehaciente tiene valor probatorio privilegiado.
Excluye interpretaciones: La presunción no alcanza a las conclusiones, inferencias o interpretaciones que el inspector realice a partir de los hechos observados.
Un nuevo y más riguroso estándar probatorio
A partir de este fallo, el proceso para sancionar a una empresa se vuelve más exigente. Ya no es suficiente contar con el acta de inspección de forma aislada; ahora se requiere de un análisis probatorio más riguroso. Las autoridades deberán asegurar que toda sanción esté debidamente motivada y sustentada en pruebas suficientes que sean capaces de superar cualquier «duda razonable» sobre la infracción cometida.
Garantías para las empresas frente a multas
Este cambio jurídico implica que la SUNAFIL ya no podrá imponer multas basadas exclusivamente en las opiniones o interpretaciones personales de sus inspectores. En adelante, la autoridad administrativa está obligada a presentar pruebas adicionales y sólidas que acrediten la falta de manera objetiva antes de proceder con una sanción económica, brindando así mayor seguridad jurídica a los empleadores durante los procesos de fiscalización.

Con el objetivo de garantizar que los trabajadores que ganaron un juicio laboral logren cobrar sus beneficios de manera efectiva, el Poder Judicial ha puesto en marcha, desde febrero de 2026, un plan de reconversión de juzgados. Esta iniciativa busca cerrar el ciclo del proceso judicial, enfocándose exclusivamente en la ejecución de sentencias firmes para evitar que estas se queden sin cumplir por falta de especialización o carga procesal.
Alcance geográfico y metodología de trabajo
El plan se ha implementado inicialmente en seis distritos judiciales estratégicos:
La mejora en la eficiencia de estos despachos se atribuye a un cambio en el modelo operativo, el cual ahora prioriza el trabajo en equipo, la adopción de herramientas tecnológicas avanzadas y una especialización absoluta en la fase de ejecución, asegurando una respuesta más rápida al ciudadano.
Logros a 16 años de la Nueva Ley Procesal del Trabajo
Este esfuerzo coincide con el aniversario número 16 de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT), vigente desde 2010. Entre los logros más destacados de esta norma se encuentra la reducción de los tiempos de resolución en un 50% en comparación con el sistema antiguo. Actualmente, la carga procesal en materia laboral es significativa, representando entre el 20% y el 25% del total de expedientes a nivel nacional, lo que justifica la necesidad de juzgados especializados en cobros.
El desafío del Sector Público frente al Privado
La noticia revela dos realidades distintas en el cumplimiento de pagos. Mientras que en el sector privado la ejecución de sentencias es rápida y eficaz, en el sector público el panorama es más complejo ya que, debido a restricciones de leyes presupuestarias, los pagos estatales pueden dilatarse hasta por cinco años. Ante esto, el Poder Judicial busca proponer cambios legislativos para que el Estado, como principal deudor del país, acorte sus plazos y cumpla con sus obligaciones laborales de manera oportuna.

Conoce las bases técnicas fundamentales para una gestión efectiva de la Seguridad y Salud en el Trabajo para poder cumplir más efectivamente con las funciones como supervisor SST o parte del Comité SST de la empresa, de la mano de los expertos.

El Colegio Médico del Perú ha actualizado el Código de Ética y Deontología para incluir artículos relacionados con el acto médico ocupacional.

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